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11 de Febrero de 2003
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Promueven una ley para que los híper donen alimentos
Son los que no pueden vender por presentación o pronto vencimiento. Ley similar en EE UU

La ley quita responsabilidad a los que donan alimentos en buen estado notorio y a las ONG responsables de distribuirlos a los comedores comunitarios

Lidia Ortiz de Burry es dueña de una tenacidad envidiable. A los 77 años lleva a cabo una cruzada individual contra el hambre que no conoce descanso ni obstáculos. Totalmente comprometida con la ayuda a comedores, ella pide, recoge y traslada alimentos, siempre sola. Y cuando se dice pide, lo hace con una insistencia que derriba toda barrera. Salvo la de los grandes hipermercados.
Cuenta Lidia Burry que concurrió a ellos para pedirles los alimentos de descarte que constituyen una cantidad enorme. Aquellas verduras, frutas y alimentos no perecederos que por diversas razones no pueden exponer en sus góndolas para la venta. Uno accedió, pero en los otros dos la negativa fue categórica. Insistió tanto que hasta llegó a organizar un pequeño piquete en sus puertas para darle contundencia al pedido. Se entrevistó con gerentes, escribió cartas a las casas centrales ubicadas en los EE.UU y en Francia. Hasta que le dieron razones de peso. Si esos alimentos causaban algún problema, la total responsabilidad caía sobre los hipermercados que los habían donado. Entonces se le mencionó que en otros países, como los Estados Unidos, Brasil y México, existe una ley llamada del Buen Samaritano que modifica ese punto. Además se le indicó que el "Banco de Alimentos" de La Plata impulsaba junto a otras ONG nacionales, la aprobación de una ley similar para nuestro país, cuyo proyecto había sido presentado el 23 de julio de 2001 por el diputado de Acción por la República, José Luis Fernández Valoni.
El licenciado Luis María Sisto(h) y Leandro Berriolo, directivos del Banco de Alimentos de La Plata ("el primero que se creó en el país") explicaron a este diario que "el proyecto establece el régimen legal de responsabilidad que corresponderá aplicar en aquellos casos de daños ocasionados por alimentos que hayan sido donados previamente a organizaciones sin fines de lucro para entregarlos a personas necesitadas. En la actualidad, por aplicación del sistema de la responsabilidad objetiva o del riesgo creado, las empresas fabricantes , distribuidores, comercializadoras de alimentos y/o propietarias de excedentes no consumidos de alimentos perecederos temen con fundamento que, si a consecuencia de sus donaciones alguien sufre un daño, serán demandadas todas aquellas que integran la cadena comercial hasta el consumidor. Se les aplica para la donación la misma responsabilidad que para la venta, Sin embargo, la situación es distinta. En primer lugar porque le donante no busca lucrar, dona y en segundo lugar, el donante desconoce el cuidado que recibirán los alimentos entregados en poder de quienes los reciben y cual será el tiempo hasta que se consuma". Esta situación ha sido advertida por países que, para alentar las donaciones, sancionaron leyes que excluyen de responsabilidad civil y/o penal al donante o intermediario (ONG), salvo obviamente de negligencia grave o algo intencional. Esa ley rige en la casi totalidad de los estados de la Unión, en algunos de México y en Brasil.
El proyecto presentado no colisiona con el sistema legal argentino" y está inspirado en la ley Emerson del Buen Samaritano de Donación de Alimentos (Emerson Good Samaritan Food Donation Act.) de los Estados Unidos, destinada a "alentar la donación de alimentos en buen estado aparente organizaciones sin fines de lucro, para su distribución a gente necesitada", como específica la citada norma. De aplicarse esta ley, los hipermercados, comercios y aquellos que venden comida elaborada podrán donarlos cuando no puedan comercializarlos por razones que, desde ya, no sea su mal estado o su vencimiento.
La lucha por obtener estos alimentos para destinarlos a comedores barriales, no es nueva. En el año 2000, producto de la reunión de la "Compañía de las Obras" y Cáritas La Plata, se fundó en nuestra ciudad el Banco de Alimentos, el primero de este tipo de todo el país con la finalidad de distribuir alimentos a los comedores comunitarios de nuestra región que atendieran las necesidades de niños en riesgo social. La "Compañía de las Obras", fue creada por católicos pertenecientes al movimiento Comunión y Liberación de Italia, con el fin de canalizar las tareas comunitarias de sus integrantes. El lema de la "Compañía..." es "Más sociedad, menos Estado".
En marzo del año pasado, comenzaron a ver la posibilidad de que se les entregaran los excedentes de las góndolas de los hipermercados en condiciones de consumirse. El Banco, según comentan sus directivos, trabaja fundamentalmente con alimentos no perecederos y los que tienen fecha de vencimiento son retirados de la venta una semana antes, lo que daría tiempo para distribuirlos a los comedores y ser consumidos en fecha.
"La idea del Banco es actuar "complementariamente incluso por el tipo de alimentos que distribuimos. Al ser no perecedero faltaría completar la dieta con verduras, carnes, leche. Aparte no queremos entregar el 100% para que no generar una dependencia del comedor hacia nosotros, que pueda funcionar sin nuestra ayuda por si en algún momento no podemos entregarla. En la actualidad hemos recibido importantes donaciones de empresas y del Vaticano y el Food Bank. Inc. Estamos repartiendo 10 mil kilos de alimentos entre 78 comedores de Berisso y a 36 de Ensenada donadas por Repsol; también Petroken efectuó un importante aporte. En La Plata mantenemos desde hace dos años ayuda permanente a diez comedores. También hemos realizado campañas con más de cien voluntarios las que recolectamos miles de kilos de alimentos".
La ley quita responsabilidad a los que donan alimentos en buen estado notorio y a las ONG responsables de distribuirlos a los comedores comunitarios

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