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| Grassi pidió un jurado popular y la Justicia dijo que era un disparate y lo mandó a juicio |
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Un tribunal rechazó ayer por "disparatado" un pedido del sacerdote Julio César Grassi para que su caso sea ventilado ante un "jurado popular", por lo que deberá responder en un juicio oral y público a las acusaciones de corrupción de menores que pesan en su contra.
Tras este fallo de la Cámara de Casación bonaerense, el expediente deberá volver al Tribunal Oral en lo Criminal número cuatro de Morón para que se fije la audiencia del juicio oral, un trámite frenado por la petición de Grassi en octubre de 2003.
Los miembros del tribunal rechazaron el escrito de la defensa con duros términos y afirmaron que la presentación carece de "seriedad" por ser "obvia y sin ninguna lógica elemental", de manera que "no requiere ni siquiera una evaluación", dijeron fuentes judiciales.
Grassi está procesado desde fines de 2002 por la presunta comisión del delito de corrupción de menores contra dos adolescentes a los que debía cuidar en su Fundación Felices Los Niños.
Su defensa recibió ahora un nuevo golpe pero el abogado Adrián Maloney, pese a que admitió que aún no conoce en detalle el fallo, anunció que apelará la decisión para llevar el caso a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires.
La Cámara de Casación provincial especificó que con el pedido, "genérico e infundado", los defensores "demuestran la propia falta de interés", por lo que el creador de la Fundación Felices Los Niños deberá ir a juicio oral y público.
La cámara confirmó así el pronunciamiento anterior del Tribunal Oral número cuatro de Morón, al entender que el juicio por jurado sería "un apartamiento de los órganos normales".
El fiscal general de Morón, Federico Nieva Woodgate, explicó ayer que "la Constitución Nacional dice que todos los juicios se harán por jurados una vez que el Congreso establezca ese instituto, que hasta ahora no existe".
Si se llegara aplicara ese nuevo método, sostuvo, "no será para todos los delitos, sino para los más graves como homicidio, violación seguida de muerte, violación agravada o secuestro".
Grassi, aclaró, enfrenta un proceso por "abuso sexual simple o corrupción y por lo tanto su caso no entraría en esta norma aún no dictada".
El fiscal explicó también que la fecha del juicio oral no se fijo "en la audiencia preliminar de ofrecimiento de prueba porque allí se hizo el planteo de la defensa ahora rechazado".
"Por ese motivo se suspendió todo y ahora hay que volver a convocar la audiencia", subrayó.
En esa reunión a la que asistirán todas las partes, puede fijarse fecha para el juicio oral, pero la defensa de Grassi anticipó que apelará el fallo que se conoció ayer y la diligencia volverá a demorarse.
El fiscal Nieva Woodgate sostuvo que en la resolución de la Cámara de Casación no intervino el Ministerio Público Fiscal y precisó que "no existe en ningún lugar del mundo un jurado que actúe solo, sino que siempre se hace con al menos un juez".
Por su parte, el abogado de los menores denunciantes de Grassi, Juan Pablo Gallego, puntualizó que el fallo rechazó el pedido en forma "ejemplar" y destacó que lo hizo con la aclaración de que no le correspondían "citas doctrinarias para descartar lo que es carente de toda obviedad o lógica elemental". Y remarcó que los jueces sostuvieron que el pedido "no debió llegar a tratamiento de la Cámara de Casación" y que "los defensores, con este planteo, genérico e infundado, demuestran la propia falta de interés por el recurso".
El fallo, sostuvo, afirma que "los defensores desconocen por completo lo que es un sistema de enjuiciamiento por jurados".
Gallego remarcó que la audiencia preliminar se hizo a fines del año pasado y desde aquel entonces "las víctimas sufrieron atentados", por lo que pidió a la cámara que "le indique a los cinco estudios jurídicos defensores de Grassi que el recurso es manifiestamente improcedente".
Subrayó que "el fallo le impone a Grassi las costas" y estimó que "ante nuevas impugnaciones van a sobrevenir sanciones disciplinarias del sistema penal, que van de las multas hasta el ejercicio profesional o de la matrícula" de los abogados.
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