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| Piden allanar las cajas de seguridad de grandes deudores de Rentas |
El gobierno bonaerense presentó en los últimos días ante la Justicia pedidos de embargo y allanamiento de unas 200 cajas de seguridad pertenecientes a personas que Rentas considera "grandes contribuyentes" evasores o en alta mora con el pago de los impuestos provinciales. La intención, ya anunciada en diciembre pasado por el subsecretario de Ingresos Públicos de la Provincia, Santiago Montoya, y ahora puesta en marcha, es cobrarse esas deudas impositivas de los eventuales "contenidos" de las cajas.
Según pudo saber este diario, las presentaciones han sido elevadas ante jueces contencioso administrativos de todos los Departamentos Judiciales de la Provincia, incluyendo el de La Plata. Y hasta ahora todos los magistrados están evaluando las demandas, no habiéndose expedido por el momento ninguno de ellos ni afirmativa ni negativamente ante el requerimiento del Gobierno.
Los pedidos de embargo y apertura de las cajas de seguridad son realizados por la dirección de Rentas, dependiente de la subsecretaría que conduce Montoya. Pero las presentaciones ante la Justicia son realizadas por la Fiscalía de Estado de la Provincia, cuyo titular es el Dr. Ricardo Szelagowski.
Los requerimientos ante los magistrados se realizaron luego de que, a través del Banco Central de la República Argentina, las entidades bancarias suministraron la información que Rentas bonaerense les pidió sobre la posible tenencia de cajas de seguridad -y su identificación, en caso afirmativo- por parte de un nutrido grupo de contribuyentes a los que considera "grandes" y en situación de evasores o morosos.
Según trascendió, la Fiscalía de Estado fundó los pedidos de embargo y
allanamiento en que el sistema bancario argentino "no constituye un paraíso
fiscal" y, en ese marco, las cajas tienen su razón de ser en cuestiones
de seguridad de los valores allí guardados por posibles robos, pero no
porque se consideren "secretos" los elementos que se depositan en las
cajas.
Asimismo, los abogados del Estado habrían argumentado que, dado que las leyes disponen que el patrimonio de los deudores es prenda del acreedor, no hay factores que exceptúen a las cajas de seguridad de esas normas, sobre todo teniendo en cuenta que algunos fallos han considerado pasibles de remate, por pedido de los acreedores, hasta los inmuebles constituidos como bienes de familia.
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