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Un duro revéz para la AFIP en la Justicia

18 de Agosto de 2005 | 00:00
La Cámara Laboral resolvió que las modelos no tienen relación de dependencia con sus representantes, en un juicio en el que la AFIP deberá pagarle más de 750 mil pesos al empresario Ricardo Piñeyro.

En su fallo, el tribunal consideró que los representantes no están obligados a realizar aportes previsionales al organismo recaudador.

La Cámara dejó sin efecto una multa de 3.129.070 pesos que la AFIP le había impuesto a Piñeyro, titular de una agencia de modelos, por supuesta evasión tributaria.

La Sala X de la Cámara Laboral confirmó así un fallo adoptado en primera instancia por la jueza Lilia Funes Montes, quien también había rechazado la postura de la AFIP.

Para la justicia, no existe entre Piñeyro y las modelos que representa -entre ellas Pamela David y Julieta Prandi- "un vínculo de trabajo dependiente que torne procedente la exigencia de pago de la deuda previsional determinada por la AFIP".

Los hechos juzgados ocurrieron en 2000, cuando la AFIP le impuso a Piñeyro una multa de más de tres millones de pesos por no efectuar los aportes previsionales de las modelos Julieta Prandi y Pamela David, entre otras.

Ello obligó al apoderado de las profesionales a entablar una demanda reclamando la ilegitimidad de la multa ya que las modelos no tenían relación de dependencia con él, sino que la agencia sólo actuaba como intermediaria y, por ende, los aportes debían hacerlos quienes las contrataban.

"Su actividad consiste en conseguir clientes que ofrezcan contratos a las modelos para trabajar, sea en publicidad, campañas fotográficas y desfiles", había indicado la jueza de primera instancia en un criterio que fue confirmado por sus superiores, según se indicó en los Tribunales porteños.

En esta línea, los camaristas Héctor Scotti y Gregorio Corach estimaron que las modelos "no tienen vínculo de trabajo dependiente que torne procedente la exigencia de pago de la deuda previsional".

Los camaristas sostuvieron que no correspondía la pretensión de la AFIP de cobrarle al apoderado de las modelos la suma de 3.129.070 pesos por esa supuesta evasión previsional, por lo que el organismo recaudador deberá hacerse cargo de los gastos que le ocasionó.

Ello obedece a que Piñeyro debió hacer un reclamo judicial que significó gastos de pericias, honorarios de profesionales y costas del proceso, que ahora deberá resarcir la AFIP.

En 2000, la AFIP había multado a Piñeyro por la suma de 3.129.070 pesos, pero a raíz del fallo de la Justicia será el organismo previsional el que deberá abonar más de 750 mil pesos para cubrir los gastos del juicio.

La AFIP deberá pagar a los abogados de Piñeyro, 438.069 pesos; a los propios, 219.030; y al perito contador, 93.872, lo que hace un total de 750.971 pesos.

LEY PENAL TRIBUTARIA

El Senado aprobó y giró en segunda revisión a la Cámara de Diputados un proyecto que modifica la Ley Penal Tributaria y crea una Unidad Especial dentro de la Procuración del Tesoro que deberá controlar a la AFIP cuando el organismo recaudador decida no avanzar en denuncias penales contra algunos evasores.

La norma, que aprobó el cuerpo por 39 votos a favor y ninguno en contra, crea una unidad especial dentro de la Procuración del Tesoro que deberá analizar todos los casos sobre evasión en los cuales la AFIP -tras estudiar el caso- decida no avanzar en una denuncia penal contra el investigado.

El cuerpo modificó el proyecto -que envío el Poder Ejecutivo y aprobó la Cámara baja- y lo devolvió a Diputados, tras varias consultas con la AFIP, con la Procuración del Tesoro y con el Ministerio Público.

Ocurre que el texto original establecía que el control a la AFIP lo debía realizar la Procuración General de la Nación -que maneja Esteban Righi- y no la Procuración del Tesoro, que preside Osvaldo Guglielmino.

No obstante, al ser citado por las Comisiones de Presupuesto y Hacienda y Asuntos Penales, Righi se opuso al proyecto y argumentó que dentro de las funciones de la Procuración General no estaban incluidas el control a la AFIP.

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