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Los abuelos y su rol en la manutención de los nietos

Un fallo de la Corte instaló el debate. Las repercusiones en nuestra ciudad

Los abuelos y su rol en la manutención de los nietos
17 de Noviembre de 2005 | 00:00
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordenó a un abuelo pagar la cuota alimentaria a sus nietos ante el no cumplimiento del padre de los chicos, abrió el debate sobre cuáles son los roles y obligaciones de los abuelos frente a la atención de los hijos de padres separados.

Irma Lima, ex jueza de menores de nuestra ciudad, aseguró que "en este caso, lo inédito es que sea la Corte la que lo haya resuelto, pero fallos contra abuelos, ya existen. Ellos están obligados alimentariamente, a través de lo que se denomina acción de contribución, cuando lo que aporten sus progenitores no alcance para cumplir con las necesidades de los menores".

"Así lo dispone el Código Civil -prosiguió-. De allí que me parece perfecto que el chico tenga asegurados sus alimentos por cualquiera. Pero habría que exigirle a la madre y al padre, que hagan lo necesario para encontrar trabajo. Es decir que sus padres no pueden descansar en el dinero que aporta el abuelo. Me imagino que en el caso estará demostrado que no tienen acceso a una fuente laboral".

Sobre la posibilidad de que en un futuro los abuelos dejen de pasar los 300 pesos a sus nietos, la ex magistrada explicó que "se tienen que presentar a pedir el cese de la obligación y justificar que los padres, o sea su hijo y su nuera, están en condiciones de mantener a los menores. Debe quedar claro que son sus progenitores los que tienen la obligación alimentaria, porque la patria potestad es compartida".

Por su parte, Laura Palazzo, abogada platense especialista en Derecho de familia, afirmó que "el fallo no es novedoso en cuanto a la legislación ni en cuanto a las peticiones, ya que estas son complementarias cuando los padres, obligados alimentarios, no cumplen por completo. Lo que resulta novedoso es que esta persona tiene 80 años, una persona de edad muy avanzada. La obligación primaria y natural es la del padre, lo que ocurre es que agotada la instancia contra él, surge la acción contra el abuelo".

Palazzo concluyó afirmando que "lo que hay que tener en cuenta es que se debe agotar la instancia contra el padre, salvo que se conozca que los abuelos se encuentran en una posición económica muy cómoda. Pero lo cierto es que alguien se tiene que hacer cargo de los menores, y que sus necesidades básicas tienen que ser satisfechas".

En tanto, Juan Bo, Defensor Adjunto del fuero civil platense, manifestó que "el Código Civil dispone expresamente que se pueden reclamar alimentos entre ascendientes y descendientes, en forma recíproca. Por ejemplo, un abuelo también podría accionar contra su nieto, si es que su hijo no puede responder".

"Lo que debe quedar claro -señaló Bo- es que la resolución está dentro del marco legal. Y si la situación es tan grave como se presenta, está totalmente justificada y amparada por la ley la nueva obligación impuesta a los abuelos de los menores. La obligación pesa sobre los padres de los nenes, y antes de ir contra el abuelo, se debe demostrar que el hijo, en este caso, no tiene dinero ni bienes. No recuerdo antecedentes donde la Corte se haya expedido en ese sentido. Por eso lo novedoso es que se haya abierto esa instancia para tratar este tema".

Por su parte, los abogados Marisa Graham y Pedro Di Lella señalaron que el fallo -el primero de este tipo en el máximo tribunal-, aplica los artículos 367 y 368 del Código Civil, "cuando los padres no pueden mantener a sus hijos, los abuelos tienen que hacerse cargo de sus nietos".

"Según la legislación vigente, los chicos tienen que ser alimentados tanto por línea paterna como por línea materna", dijo Graham y agregó que "una mamá pide primero alimentos al padre y, si el padre no puede, se lo pide al abuelo, siempre y cuando el abuelo pueda". La letrada indicó que "lo único que ha ocurrido acá de nuevo es que por primera vez la Corte falló de esa forma. He hecho miles de juicios contra abuelos para que paguen los alimentos que no pagan los padres", comentó.

Pedro Di Lella, profesor titular de la UBA, explicó por su parte que "normalmente, los abuelos están excluidos de pasar alimentos a sus nietos salvo que el padre o la madre no puedan proporcionar lo necesario para la subsistencia", como sucede en este caso. "Si una madre tiene recursos que apenas alcanzan para la subsistencia y el abuelo es millonario, no resulta justo" que los niños pasen necesidades por falta de recursos, opinó Di Lella.

A su vez, el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Atilio Alterini, se manifestó conforme con el contenido de la sentencia, al señalar que "es un fallo en favor de la familia". Alterini indicó que el Código contempla una solución de este tipo, y observó que "desde el punto de vista jurídico no hay derechos grandes ni chiquitos. Si existe un tema de falta de aplicación de la ley, vale lo mismo que sean millones o que sean monedas. La transgresión legal está".

En tanto, la madre de los menores de edad dijo ayer que su ex esposo "tiene un taller de radiadores, pero está todo en negro para no tener que afrontar sus deberes de alimentación para con sus hijos", y citó como ejemplo que uno de los chicos "tiene leucemia y el padre no ha traído nunca ni un vaso de agua".

También, el abogado de la demandante sostuvo que la sentencia de la Corte es "ejemplar", ya que "repara un fallo de la Cámara que dejaba mucho que desear, e instala el derecho subsidiario de los nietos de reclamar al abuelo". Asimismo, señaló que el demandado "no es un pobre jubilado, pues tiene una cantidad de propiedades y un muy buen poder económico, y eso fue demostrado en el marco de la causa".

Como EL DIA informara ayer, la Corte Suprema condenó a un hombre de 80 años a pagar una cuota alimentaria de 300 pesos mensuales a sus tres nietos, debido a que su hijo, padre de los niños, dejó de cumplir con su obligación y la madre no tiene un trabajo fijo. Los jueces revocaron una resolución anterior que había denegado el reclamo de la madre y destacaron que "se colocó a los menores en una situación de grave peligro al no poder cubrir sus necesidades más elementales".

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