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Habrá castigos en la Provincia por chatear en oficinas públicas

Solá firmó un decreto que prevé sanciones y hasta denuncias judiciales contra empleados y funcionarios. Buscan limitar el uso abusivo de internet

19 de Noviembre de 2005 | 00:00
Los funcionarios y empleados de la administración pública bonaerense no podrán chatear, bajar música o visitar sitios pornográficos durante su horario de trabajo, y en caso de hacerlo serán sancionados administrativamente y podrán ser denunciados judicialmente. Esta decisión fue adoptada ayer por el gobierno de la Provincia al establecer un régimen sobre el "uso responsable" de elementos informáticos.

La medida firmada por el gobernador Felipe Solá, alcanza a todo funcionario, empleado permanente, temporario o contratado que se desempeñe en áreas del Poder Ejecutivo.

Un día antes, el gobierno bonaerense dio a conocer una medida similar con respecto al uso de teléfonos celulares provistos por el Estado provincial a sus funcionarios y empleados públicos, a quienes se prohibió que bajen ringtones o realicen llamadas a programas de entretenimientos televisivos a través de ese móvil.

Esta decisión obedece a supuestos abusos detectados en la utilización de los celulares. La nueva disposición obedecería a los mismos motivos, según trascendió.

Ahora, el gobierno de Solá dispuso mediante el decreto 2.442, que los usuarios de los recursos informáticos que la Provincia pone a su disposición para el cumplimiento de sus tareas "deben actuar en forma legal, honesta y responsable" y aclara que "la utilización de los diferentes sistemas de información y elementos informáticos es de uso exclusivo para asuntos gubernamentales u oficial".

"Se acepta que los usuarios aprovechen en forma limitada los elementos informáticos para un uso personal que derive en su mejor capacitación, jerarquización y/o especialización de sus conocimientos" precisa el decreto, pero remarca que ese uso "no podrá interferir con sus actividades o funciones que el usuario cumple" y debe realizárselo "fuera del horario de trabajo normal del empleado".

El decreto de Solá prohíbe "el uso de la red que infrinja normas nacionales o provinciales, causen daño o perjudiquen al Estado provincial o a terceros" y "grabar, modificar o borrar software, información o base de datos o registros de la Provincia".

SITIOS PORNO

La norma prohíbe "acceder, descargar, imprimir, transmitir, distribuir o almacenar material obsceno, discriminativo, delictivo, ilegal o que de cualquier manera afecte a la moral o las buenas costumbres, salvo que exista autorización previa por escrito de la autoridad competente para la investigación y contralor de este tipo de ilícitos".

Los funcionarios y empleados no podrán tampoco "obtener cualquier tipo de ganancia económica personal", "difundir ideas políticas, lograr la adhesión a campañas, movilizaciones, captar el voto o realizar cualquier otro tipo de práctica partidaria".

Tampoco podrán "utilizar cualquier sistema de correo electrónico con el propósito de acosar, amenazar, molestar o entorpecer a usuarios de la Provincia o externos" o "utilizar cualquier sistema de correo para revelar información privada e otras personas, sin su consentimiento".

Se prohíbe además "lanzar cualquier tipo de virus, gusano o programa de computación" y "acceder, descargar, transmitir, distribuir o almacenar videos, música, imágenes y/o archivo protegido por las normas de propiedad.

No se podrá "acceder, descargar, distribuir o almacenar videos, música imágenes cuya finalidad no se ajuste a la responsabilidad laboral de las funciones conferidas al agente".

El decreto prohíbe asimismo "utilizar cualquier sistema de chateo en tiempo real o mensajería instantánea, salvo expresa autorización por escrito del administrador correspondiente de los sistemas de la Provincia". Tampoco los empleados podrán "almacenar, más allá de lo definido como uso aceptable, archivos personales de cualquier índole en los servidores o en los discos rígidos locales.

El decreto establece que los usuarios del sistema de correo electrónico deben tomar conciencia de que "el correo y la cuenta de e-mail que se les hubiere proporcionado por el organismo para el cumplimiento de sus tareas son de titularidad del mismo" y aclara que deben verificar diariamente el correo para evitar la acumulación de mensajes en ellas".

"En este sentido se advierte que debido a políticas internas relativas a la administración de los recursos informáticos, al exceder determinado volumen dichos mensajes podrán ser eliminados automáticamente", detalla la norma.

Aquellos funcionarios o empleados que no cumplan con esta normativa sufrirán "la suspensión temporal o privación definitiva del derecho de uso de los sistemas, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias y de cualquier otro tipo en que se hubiere incurrido".

En cuanto a las responsabilidades disciplinarias, las medidas "serán acordes al Estatuto al que correspondan cada agente y en caso que corresponda se deberá efectuar las denuncias administrativas o judiciales por el uso indebido".

El decreto precisa que "según el caso, y de comprobarse responsabilidad, el usuario deberá indemnizar al Estado por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera ser considerado de uso indebido o prohibido".

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