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Cambios en declaraciones por Ganancias y Bienes Personales

Cambios en declaraciones por Ganancias y Bienes Personales

Alberto Abad, titular de la AFIP.

27 de Febrero de 2007 | 00:00
La Afip anunció que dispuso una serie de cambios para los contribuyentes individuales, tendientes a facilitar el cumplimiento en los próximos vencimientos de Ganancias y Bienes Personales.

Para los empleados se especifica que sólo deberán presentar la declaración jurada informática de Bienes Personales aquellos con ingresos anuales por salarios mayores a 72.000 pesos (antes 40.000 pesos).

Estos trabajadores deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha.

Los empleadores -quienes hasta ahora debían identificar a los empleados obligados a presentar la declaración jurada informativa e informar a la Afip los que incumplían con dicha exigencia- quedarán eximidos de estas tareas.

La información suministrada por su personal, relacionada con las deducciones del Impuesto a las Ganancias, que hasta el presente era procesada en forma manual, podrá ser sistematizada en cada empresa utilizando los procesos informáticos que habitualmente emplea.

Para los trabajadores autónomos se diseñó un aplicativo unificado -Ganancias y Bienes Personales- que permite confeccionar las declaraciones juradas de ambos impuestos mediante un único ingreso de datos.

El uso de esta versión -Versión 8.0- sólo será obligatoria para los autónomos que hayan tenido ingresos iguales o superiores a un millón de pesos durante todo el 2006.

Los que tengan ingresos inferiores podrán utilizar la Versión 8.0 de manera optativa.

En ambos casos -explicó la Afip-, quienes utilicen este aplicativo se beneficiarán con la posibilidad de pagar el saldo de estos impuestos en tres cuotas sin interés.

El nuevo aplicativo se podrá utilizar para confeccionar las declaraciones juradas determinativas -correspondientes al período fiscal 2006- de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, en cuyo caso podrán cancelar el saldo de impuesto a ingresar conforme al plan de facilidades de pago.

Además, las normativas establecen que “la estructura de navegación, permitirá incorporar tanto el detalle de los bienes situados en el país como en el exterior en un solo proceso de carga, donde deberá informarse para cada bien: la valuación al inicio y al cierre del ejercicio para el impuesto a las Ganancias y la valuación según el impuesto sobre los Bienes Personales”.

Pero para las declaraciones del año pasado, cuyo vencimiento se efectivizará en abril y mayo próximos, los contribuyente podrán presentar sus informes con los aplicativos vigentes.

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