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Concesionaria de trenes le paga a pasajero que cayó en estación

TBA deberá indemnizar a un usuario por los daños y perjuicios que le ocasionó la caída debido al "deterioro de las escaleras" para acceder a la línea Sarmiento

5 de Mayo de 2008 | 00:00

Una concesionaria del servicio ferroviario deberá indemnizar con 43.000 pesos a un hombre de 60 años que al intentar subir las escaleras que dan al hall de la
estación Once se cayó y rodó hasta el piso, hecho que le causó heridas en un hombro.

La Justicia dispuso la indemnización al considerar que si bien a la empresa no le fue cedida la explotación de los espacios en la terminal ferroviaria, sí lo fue la utilización de los mismos.

La Sala F de la Cámara Civil confirmó un fallo de primera instancia y ordenó a la concesionaria TBA a indemnizar al hombre por los daños y perjuicios que le ocasionaron la caída debida al "deterioro de las escaleras" para acceder a la línea Sarmiento del ferrocarril.

"Debe distinguirse entre la explotación de espacios y locales en la mencionada terminal con fines publicitarios o comerciales, sea que se ubiquen en accesos, andenes o áreas no operativas, y la utilización de esos ámbitos o espacios que resultan necesarios para la circulación de los usuarios del servicio ferroviario que
tiene a su cargo la excepcionante", remarcaron los camaristas, y agregaron: "lo que está excluida de la concesión otorgada a TBA es la explotación de los espacios y locales, pero no la utilización de los accesos o corredores por los que deben transitar los usuarios para ascender al tren".

Además, los jueces Eduardo Zannoni, Fernando Posse Saguier y José Luis Galmarini hicieron extensiva la demanda a la firma que está a cargo de la explotación de los locales lindantes a la estación Once.

"Si el accidente ocurrió en una de las escaleras de acceso a la estación Once, aún cuando por ellas se ingrese al hall central de dicha estación y la explotación de los espacios y locales allí ubicados haya sido otorgada en concesión a otra empresa, esta circunstancia frente a terceros damnificados no excluiría necesariamente la responsabilidad de la empresa concesionaria del servicio ferroviario que necesita esos accesos y espacios para el paso del público usuario de dicho medio de transporte", añadieron en el fallo.

Además, advirtieron que "si de esa escalera se sirven tanto la concesionaria del hall central como la concesionaria del servicio ferroviario, no cabe duda de que esta última es también parte legitimada para ser demandada por quien invoca haber padecido daños provocados por vicios en dicha escalera de acceso a la
estación terminal".

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