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Lo excarcelaron pese a estar imputado por varios delitos

La Cámara Nacional de Casación Penal le concedió el polémico beneficio. Tiene una causa abierta por robo, portación de arma de fuego y privación ilegal de la libertad Su opinión sobre este tema Ver las opiniones

8 de Diciembre de 2008 | 01:00

La Cámara Nacional de Casación Penal le concedió la excarcelación a un hombre imputado por "encubrimiento por receptación", o sea haber recibido dinero o cosas provenientes de un delito, pese a que además tiene una causa abierta por robo, portación de arma de fuego y privación ilegal de la libertad.

Así lo resolvió la Sala III del Tribunal al hacer lugar al pedido del defensor oficial Juan Carlos Sambuceti, y luego de anular una medida dictada por la Cámara Federal de San Martín que había negado la excarcelación al hombre.

Para ello, la Casación se basó en un fallo polémico, conocido con el nombre de "Díaz Bessone", en el cual fijó las reglas para conceder la excarcelación a un imputado, y sobre ello determinó que no es condición para negar la misma la posible pena que pueda recibir una persona en el futuro en caso de ser condenado.

Justamente, en este caso concreto, los camaristas ¦ngela Ledesma y Guillermo Tragant, expresaron que "la resolución impugnada, no se analizaron los riesgos procesales de elusión y frustración del proceso, ni se aludió a las condiciones personales del imputado, sino que se fundó el rechazo de la pretensión defensista en función de la pena en expectativa prevista para el delito reprochado, todo lo cual -conforme lo expuesto precedentemente- resulta insuficiente para el mantenimiento de la medida cautelar".

Además, señalaron que la hipótesis del peligro de fuga no está probada por la fiscalía.

El hombre tiene un proceso abierto y a punto de ser juzgado ante un Tribunal Oral de Morón por los delitos de "robo agravado por el uso de arma de fuego, privación ilegal de la libertad agravada, portación ilegítima de arma de guerra y de uso civil, supresión de la numeración de un objeto registrado, resistencia a la autoridad en concurso ideal con disparo de arma de fuego, daño, lesiones leves y encubrimiento agravado por ser con ánimo de lucro, todos ellos en concurso real entre sí".

Por ello, el juez Eduardo Rafael Riggi votó en disidencia al tener en cuenta los antecedentes, y porque concluyó que "se trata de una persona con escasa o nula predisposición para adecuar su conducta a la ley y las reglas sociales de convivencia, circunstancias que nos permiten presumir, fundadamente, que en caso de recuperar la libertad el imputado intentará eludir el accionar de la justicia".

Sin embargo, por mayoría, la Sala III le concedió el beneficio de la excarcelación al imputado, y para ello le impusieron como condición una serie de medidas, entre ellas, una caución real, la obligación de comparecer periódicamente ante la sede del tribunal y la prohibición de salida del país.

De esta manera, la Casación aplicó el criterio fijado por el fallo Díaz Bessone, que a principios de noviembre fijó las reglas para conceder la excarcelación, que generó amplias críticas de distintos sectores.

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