viernes | 03.07.2009  
En San Isidro cierran todo
Es por orden del Municipio y alcanza a boliches, gimnasios, piletas, cines, teatros y cybers

El partido bonaerense de San Isidro adoptó la drástica medida de cerrar por una semana todos los sitios públicos, como cines, teatros, cybers, salones bailables y natatorios, entre otros, para hacer frente a la pandemia de Gripe A, que según el ministro de Salud ya dejó unos 100 mil afectados en todo el país.

A través de una resolución, el Municipio estableció "el cierre de todos los sitios públicos en el Partido, a saber: locales nocturnos, salones bailables y de fiestas, natatorios, gimnasios y lugares de entretenimiento como cyber o cyber café".

Dispuso también "el cierre parcial, y de acuerdo a lo que determine la autoridad de aplicación de centros de compras (shoppings), entidades deportivas, clubes, restaurantes, bares y todo otro lugar de concentración de gente incluyendo eventos deportivos y espectáculos, así como cines y teatros, como medida precautoria ante la situación de emergencia planteada".

Respecto de los shoppings o paseos de compra, estará vedado el acceso a los menores, y tampoco podrán funcionar los cines en esos centros. En cuanto a bares y restaurantes, habrá limitaciones de horario de funcionamiento (sólo podrán hacerlo hasta la 1:30 como máximo), así como de ingreso de clientes, debiéndose reducir drásticamente la capacidad de cada local con la separación de mesas acorde a las circunstancias.

En cuanto a clubes y gimnasios, la veda rige también para actividades afines o conexas, como camas solares, indicó la comuna en un comunicado. "La nómina de los sitios mencionados tiene carácter enunciativo y no taxativo, pudiendo la autoridad de aplicación ampliar a otros sitios de acuerdo a las necesidades de salubridad del Partido", dispone la resolución.

En cuanto a las casas de comida sin consumo en el lugar y locales comerciales minoristas "deberán propender a que exista un radio mínimo de distancia entre concurrente y concurrente de dos metros".

Respecto de la actividad hípica, se señala que "la autoridad de aplicación establecerá conjuntamente con las autoridades del Jockey Club las condiciones en que podrá llevarse adelante dicha actividad".

Por último, se establece que "el incumplimiento de lo prescripto hará pasible al infractor de recibir la sanción de clausura como así también y en todo lo que fuere aplicable, el régimen de las sanciones previsto en el Código de Faltas Municipal (Ordenanza 5182) y sus modificaciones".


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