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Provincia deberá indemnizar a familia de preso muerto en pelea

Las heridas recibidas durante una pelea en el interior de un penal fueron fatales. La Corte Suprema de Justicia falló y el Estado bonaerense deberá pagarle a los familiares del detenido

25 de Enero de 2010 | 00:00

La provincia de Buenos Aires fue condenada a indemnizar con 70 mil pesos a la familia de un preso de 20 años, quien murió a raíz de las heridas recibidas durante una pelea con armas blancas en el interior de un penal, según un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Así lo dispuso el Máximo Tribunal, al considerar que "la seguridad, como deber primario del Estado, no sólo importa resguardar los derechos de los ciudadanos frente a la delincuencia sino también los propios de los penados, cuya readaptación social se constituye en un objetivo superior del sistema".

La demanda había sido interpuesta por la madre del preso Nicolás Ignacio Sansalone, quien había reclamado una indemnización de 516.000 pesos tras la muerte de su hijo.

Según describe el fallo, el joven, quien estaba a punto de recuperar la libertad, sufrió graves heridas durante una pelea entre reos el 27 de abril de 2003. Como consecuencia de la pelea, Sansalone estuvo internado por varios meses y fue sometido a múltiples operaciones, por las graves heridas que recibió con "facas", con el páncreas y el intestino comprometidos, pero falleció el 7 de octubre de ese año.

Para la Corte, estuvo acreditado que "Sansalone no logró superar el delicado estado de salud derivado de las lesiones recibidas" en aquella pelea.

Por ello, para el Tribunal la responsabilidad que recae sobre el Estado provincial "es doble, por hacer posible que ocurra una pelea a puñaladas y por no haber prestado la atención médica adecuada, en hospitales dependientes de aquél".

"El artículo 18 de la Constitución Nacional tiene un contenido operativo que impone al Estado, por intermedio de los servicios penitenciarios, la obligación y responsabilidad de dar a quienes están cumpliendo una condena o una detención preventiva la adecuada custodia, obligación que se cimienta en el respeto a su vida, salud e integridad física y moral", señalaron los jueces en el fallo.

Por su parte, el juez Raúl Zaffaroni añadió en su voto que "si el Estado no puede garantizar la vida de los internos ni evitar que éstos, recurrentemente, se munan de elementos susceptibles de producir daños de carácter irreparable, de nada sirven las políticas preventivas del delito".

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