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domingo | 07.03.2010 Actualizado: 07:41
Ciencias Económicas
Nuevas normas para personal no registrado en la AFIP
El máximo organismo de control fiscal -AFIP-, acaba de modificar las reglas respecto a las obligaciones de la Seguridad Social y desde el 1ro. de marzo del corriente rigen nuevas pautas en lo que respecta a sanciones por incumplimientos.
Mediante la Resolución General 2766 se apunta a lograr una correcta registración de los empleados en relación de dependencia y el ingreso en tiempo y forma de los aportes previsionales de los trabajadores.
Las sanciones por la no registración debida de los empleados, básicamente consistirá:
- a) Por el incumplimiento de la obligación de registrar empleados, detectada su infracción, la AFIP establece un multa por cada trabajador equivalente a diez veces el monto de la base imponible mínima prevista por el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
- b) La falta de registración o ausencia de los registros requeridos, generará una multa equivalente a cinco veces el monto de la base imponible prevista por el sistema.
- c) La declaración formalmente errónea de los datos identificatorios y no subsanado dentro del plazo fijado, la AFIP habilitará el cobro de una multa equivalente a tres veces el monto de la base imponible mínima.
Cursos:
El doctor Oscar Fernández dictará un curso de actualización impositiva el día 11 de marzo a las 18 horas.
Por su parte, del 8 al 12 de marzo entre las 8:30 y las 14:30 se realizará la inscripción para realizar el curso de Práctica Procesal Auxiliares de la Justicia -Peritos- que comenzará el 23 de marzo y se dictará los días martes y jueves de 17:30 a 21:30 horas.
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