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Los beneficiarios de créditos hipotecarios deberán tramitar ante la AFIP una autorización para pagar en moneda extranjera
Las personas que reciban créditos hipotecarios en pesos pero necesiten concretar la compra en dólares deberán pasar por la AFIP para que los autorice a adquirir los billetes, en una decisión que refleja una profundización de la política de control de cambios aplicada por el gobierno nacional ante la fuga de capitales.
Según una nueva resolución, los compradores deberán, además, justificar la operación ante el organismo.
Durante septiembre, los bancos entregaron casi 13.500 millones de pesos en préstamos para comprar viviendas.
El Gobierno determinó que las personas beneficiarios de un crédito inmobiliario en pesos tendrán que pasar por una oficina de la AFIP para que sean autorizados a comprar dólares.
La medida fue establecida a través de la resolución 3.212 que publicó ayer en el Boletín Oficial el organismo dirigido por Ricardo Echegaray.
TURISMO
Además, Los turistas extranjeros que quieran divisas antes de salir del país, deberán realizar el mismo procedimiento.
Desde la semana pasada, el Gobierno aplicó nuevos requisitos por la compra de divisas.
Uno de los principales reclamos de esta medida vino de las personas que iban a comprar una propiedad y que habían pedido un crédito en pesos.
Según la resolución 3.212, los compradores que pidan un préstamo deberán ir a una oficina de la AFIP y llevar la documentación que respalde la operación.
También tendrán que presentar la impresión de la respuesta que obtuvieron cuando ingresaron a la página del fisco.
Se estima que el 87 por ciento de los 537 operadores del sector consultados creen que la "medida afectará al mercado inmobiliario", mientras que el 13,4% restante no, según una encuesta de Reporte Inmobiliario.
Durante la semana pasada, los extranjeros tuvieron problemas cuando querían cambiar sus pesos a dólares o euros porque estaban dejando el país.
Para intentar resolver este inconveniente, la resolución 3.212 también determinó que los extranjeros tendrán que ir a una oficina de la AFIP, presentar la documentación que respalde su condición de turistas, y de esa forma recibir la habilitación para comprar divisas.
El mismo procedimiento deberán realizar los organismos internacionales, las representaciones diplomáticas o consulares que decidan adquirir divisas.
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