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La pelea por la sucesión

16 de Noviembre de 2012 | 00:00

La casa donde el odontólogo Ricardo Barreda asesinó en 1992 a sus dos hijas, a su esposa y a su suegra, ha sido a lo largo de estos años blanco de numerosas manifestaciones contra el maltrato a las mujeres. Y ahora, quedará convertida en el primer centro de referencia contra la violencia de género en nuestro país, tras la expropiación decidida ayer.

Pero más allá de esto, la propiedad arrastra un litigio que enfrenta al propio Barreda, actualmente en libertad condicional, con cuatro sobrinos de su suegra y a la vez primos segundos de su mujer, quienes se presentaron en la causa civil como herederos.

Y es que la única posibilidad que tenía Barreda de quedarse con toda la casa y el resto de los bienes familiares (además de la propiedad de la calle 48, otra residencia en Mar del Plata, un viejo Ford Falcon y un más antiguo aún DKW) era que la Justicia lo declarara inimputable y estableciera con certeza que la última en morir fue alguna de sus hijas, dos condiciones que no se cumplieron.

Sucede que si bien el hecho de que Barreda haya matado a sus hijas y luego a su suegra, o al revés, no cambia el veredicto penal; para la causa civil, el orden de las muertes resulta clave para determinar los herederos.

Y es que mientras que en el primero de los casos el odontólogo tendría que compartir la herencia con los familiares de su suegra; en el segundo, podría haberse quedado con todo si hubiera sido declarado inimputable.

Pero Barreda no sólo no resultó inimputable, sino que tampoco pudo establecerse el orden de las muertes. Fue así que la Justicia decidió aplicar la teoría de la conmoriencia, una figura prevista en el Código Civil para este tipo de situaciones, a través de la cual se da por muertas a todas las víctimas en el mismo momento.

Es en ese contexto que los sobrinos de la suegra del odontólogo reclaman al menos el 50% del inmueble (el porcentaje que correspondía a la esposa, Gladys Mc Donald de Barreda) basándose para ello en otro artículo del Código Civil, según el cual un condenado por homicidio no puede heredar de sus víctimas, por ser indigno de ello.

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