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El país |CRECE LA PUJA POR LA REFORMA JUDICIAL

La Procuradora, a favor de elección en la Magistratura: define la Corte

Para Gils Carbó es “constitucional”. El tribunal resolvería en las próximas horas

18 de Junio de 2013 | 00:00
LOS MIEMBROS DEL MÁXIMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, ENCABEZADOS POR LORENZETTI, PODRÍAN DAR                                            EN LAS PRÓXIMAS HORAS SU FALLO SOBRE SI ES CONSTITUCIONAL O NO LA REFORMA EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
LOS MIEMBROS DEL MÁXIMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, ENCABEZADOS POR LORENZETTI, PODRÍAN DAR EN LAS PRÓXIMAS HORAS SU FALLO SOBRE SI ES CONSTITUCIONAL O NO LA REFORMA EN EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Sin sorpresas, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Magdalena Gils Carbó, dictaminó ayer que es “constitucional” la elección popular de miembros del Consejo de la Magistratura y la nueva integración de ese organismo, y le pidió a la Corte Suprema que apruebe el recurso de “per sáltum” que presentó el Gobierno contra los fallos que frenaron la ley sancionada por el Congreso.

De esta manera, la Corte quedó en condiciones de resolver el tema, lo que podría producirse en breve, ya que, según dijo el propio presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, ese cuerpo iba a pronunciarse “de inmediato” apenas estuviera en condiciones de definir un caso.

Para Gils Carbó, la nueva norma “reglamenta el artículo 114 de la Constitución” Nacional (que versa sobre el Consejo de la Magistratura) “de un modo más coherente con nuestro compromiso constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de gobierno”.

Para la Procuradora, la inconstitucionalidad dictada por Servini tiene “una visión más restringida de la democracia y que se funda en la representación de intereses sectoriales”

Además, consideró que la inconstitucionalidad dictada por la jueza María Servini de Cubría tiene “una visión más restringida de la democracia y que se funda en la representación de intereses sectoriales” de abogados y jueces.

Con este dictamen, la Corte quedó en condiciones de resolver por la constitucionalidad o no de la ley del Consejo, lo que podría ocurrir hoy, cuando los jueces del máximo tribunal se reúnan en acuerdo, como todos los martes.

Servini de Cubría había aceptado el martes pasado los pedidos de Jorge Rizzo, presidente del Colegio Público de Abogados de la capital federal, y de Carlos Traboulsi, dirigente de la Democracia Cristiana, al tiempo que declaró la inconstitucionalidad de cuatro artículos de la ley 26.855 del nuevo Consejo de la Magistratura.

La magistrada consideró que la elección popular de los representantes de jueces, abogados y académicos viola el artículo 114 de la Constitución, que establece que la integración del organismos debe respetar el “equilibrio” entre sus pares y que la elección de esos estamentos es entre sus pares.

PER SALTUM

El Gobierno presentó un “per sáltum” para que la Corte intervenga en el caso, lo que fue aceptado por el máximo tribunal.

Rizzo y Traboulsi presentaron sus escritos el fin de semana y le pidieron a la Corte que ratifique el fallo de Servini.

Gils Carbó -que es una de las líderes de la agrupación oficialista “Justicia Legítima”- consideró ayer que “la voluntad del constituyente ha sido delegar en el Congreso de la Nación la determinación del sistema de elección de los miembros del Consejo, así como del número de representantes de cada uno de los estamentos que lo componen”.

“El artículo 114 de la Constitución Nacional no define el sistema de elección de los integrantes del Consejo pertenecientes a los estamentos de jueces, abogados y del ámbito académico y científico. Tampoco define el número de los representantes de cada estamento”, agregó.

La Procuradora señaló que la Constitución incorporó tratados internacionales que “reconocen que el sufragio universal es un medio que resguarda adecuadamente la participación del pueblo en asuntos públicos”.

Sobre la incorporación de los candidatos al Consejo en listas de partidos políticos, Gils Carbó consideró que ello “no implica que los candidatos sean partidarios, pues no se exige a aquéllos afiliarse a un partido político ni desempeñar cargos partidarios”.

Aseveró que “la elección popular prevista por la ley 26.855, así como el incremento de los escaños asignados a los miembros pertenecientes al ámbito académico y científico, vienen a reglamentar el artículo 114 de la Constitución de un modo más coherente con nuestro compromiso constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de gobierno”.

La instancia de la Corte Suprema llega al cabo de una puja en el sector judicial, donde la nueva ley del Consejo -y en varios casos también la que limita las cautelares- sufrieron reveses de parte de magistrados que dictaron su suspensión hasta que se resolviera la cuestión de fondo.

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