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Opinión |PUNTO DE VISTA

Violencia familiar: cuando todos, todos son víctimas

3 de Octubre de 2013 | 00:00
Violencia familiar: cuando todos, todos son víctimas

Por RUBEN SARLO (*)

J uan Carlos es uno de los tantísimos hombres que maltrata a su pareja y a su entorno familiar, y que, no obstante darse cuenta de que su conducta afecta a todo el grupo, no sabe cómo detenerse. La nota que mostraron estas mismas páginas días atrás, fue su pedido de auxilio. Es la otra cara de la violencia de género, donde el violento, el sujeto activo del problema, pide ayuda. ¿Podemos dejarlo solo y simplemente intentar responderle castigándolo mediante una condena penal? Seguro que no.

LA OTRA VICTIMA

“Mi problema es que hago daño a los que están al lado mío” le dijo a Darío Wit, de “Casa Abierta María Pueblo”. Muchos creen equivocadamente que este flagelo silencioso y tremendo de la violencia intrafamiliar, tiene una sola víctima: la mujer. Es obvio que ella sufre directamente las consecuencias del maltrato -sea verbal, psíquico o físico- juntamente con sus hijos menores, pero el hombre machista, el que no sabe o no puede contenerse porque tiene adquirido desde su génesis cultural el falso concepto que coloca a la mujer en un plano inferior y bajo su sometimiento discrecional, tiene también una arista que lo victimiza: esa conducta que significa una construcción cultural aprehendida en la casa, la escuela, el barrio y que es posible revertir con ayuda pero con mucho esfuerzo. El camino de quienes se dan cuenta que necesitan esa ayuda es seguramente mucho menos tormentoso que el de quienes no lo advierten.

Pero, justamente, para poder trabajar sobre esta conducta social desviada y tener la oportunidad de revertir o atemperar sus efectos, es imprescindible que desde el Poder Judicial se adopten recaudos tendientes a que el sujeto activo deba -además de cesar en la agresión inmediatamente- llevar adelante compulsivamente terapias de readaptación.

Cuando quienes estamos convencidos d e que ése es el camino correcto y aprobamos desde el Proceso Penal la aplicación de la “Probation” (Suspensión del Juicio a Prueba), lo hacemos porque es la herramienta que nos permite imponer -entre las condiciones para su beneficio a fa vor del imputado violento- la realización de un tratamiento especializado. Hoy el Derecho Penal debe ser visto con mayor amplitud y aplicación en beneficio de la sociedad, por encima de cualquier imposición de pena, que jamás tendrá por destino el cambio de la realidad que originó el conflicto penal. La sanción sobreviene sobre el efecto del hecho, lo que no nos asegura mínimamente ningún aporte positivo que permita generar el cambio.

Y ese cambio de mentalidad en nosotros, los encargados de mover la maquinaria judicial, resulta fundamental para reposicionar los resultados sobre los ciudadanos, que son los recipiendarios de la restauración de la paz social a través del proceso criminal. Efectivamente, podemos colaborar con los jueces de Familia o de Paz -según el lugar donde se produzca el conflicto-, en la realización de medidas que tiendan a paliar y hacer cesar la conducta violenta, y también imponer aquellos tratamientos obligatorios para el sujeto activo. Pero además tenemos facultades para requerir la intervención de otros organismos oficiales ajenos a la esfera judicial, cuyas competencias coadyuvan para contener este tipo de situaciones y llevarlas al mejor destino que sea posible.

“Desde el Estado podemos dar un poco más para que esas personas tengan la oportunidad de recomponer una vida digna, inclusive los inculpados”

Esto, concretamente, sucede cuando dentro del núcleo familiar afectado existen hijos menores de edad que sufren peligro y exposición a todo tipo de riesgos, porque el flagelo en su desarrollo activo nos muestra que el hábitat familiar no ofrece ninguna garantía para ellos. Es allí entonces donde contamos con la Ley 13.298 de Promoción y Protección Integral e los Derechos de los Niños, a través de la cual podemos otorgar intervención inmediata a los servicios locales de protección de esos derechos, que cuentan con un equipo técnico profesional con especialización temática, integrado con psicólogos, abogados, trabajadores sociales y médicos.

En algunos casos que hemos resuelto recientemente en el plano del abuso intrafamiliar sexual de menores, lamentablemente tuvimos que disponer que se investiguen a las madres de algunas criaturas abusadas, bajo la sospecha firme de una complicidad lamentable con el abusador -hombre que suele ser padre biológico de la criatura o concubino de su madre-, ante lo cual la pronta intervención de este organismo permite extremar los medios legales a nuestro alcance tendientes a evitar cualquier desamparo de esos menores que han sufrido las consecuencias de un delito incalificable, y que pueden ser revictimizados en su permanencia en el hogar donde -lamentablemente- se produjeron los abusos.

CUANDO NO SE TRATA DE UN DELITO MAS

La violencia intrafamiliar, en sus variadas expresiones, no configura un delito más de la gama del Código Penal. Se trata de situaciones muy especiales que afectan directamente el grupo familiar, a cada uno de los individuos en particular, y con reflejos sociales descontados. No podemos seguir trabajando sólo en la imposición de una sentencia condenatoria al imputado y desentendernos del problema; sencillamente porque detrás del cúmulo de papeles que forman un expediente judicial, existen personas con sentimientos, sufrimientos y necesidades urgentes. Podemos dar desde el Estado un poco más, sin duda, para que esos individuos tengan la oportunidad de recomponer una vida digna, inclusive los inculpados. Y en el Fuero Penal sólo hay que animarse.

(*) Fiscal platense

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