Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar
Información General |ORDENAN INDEMNIZAR AL EMPLEADO DESPEDIDO

Un fallo dice que insultar al jefe no es causal de despido

La Cámara Nacional de Trabajo entendió que el insulto no configura una injuria grave como para interrumpir la relación laboral

10 de Octubre de 2014 | 00:00
Un fallo dice que insultar al jefe no es causal de despido

Tras haber sido despedido por insultar a su jefe en medio de una situación de tensión laboral, un empleado de una empresa informática recurrió a la Justicia en busca de reparación y logró que ésta se pronunciara a su favor. En un fallo en segunda instancia, un tribunal entendió que el insulto a su superior no había sido causa justificada de despido, por lo cual la empresa deberá pagarle ahora una indemnización.

En una sentencia que se conoció ayer, la Cámara Nacional del Trabajo resolvió que el insulto a un superior jerárquico no es suficiente para determinar el despido de un empleado sin antecedentes disciplinarios, ya que la falta cometida no configuró una “injuria grave” que impidiera continuar la relación laboral.

De esta forma la Sala VII de la Cámara ratificó la condena a Webar Internet Solutions S.A., una empresa de servicios informáticos con sede en la ciudad de Buenos Aires, que deberá indemnizar por su despido a M.A, el diseñador que inició la acción legal.

Si bien las camaristas Estela Ferreirós y Beatriz Fontán dieron por probado la agresión verbal del empleado al jefe de su equipo de trabajo, rechazaron que el hecho tuviera la gravedad suficiente como para justificar por sí mismo el despido considerando la falta de sanciones disciplinarias y la antigüedad del trabajador.

La falta de justificación del despido “no implica restarle importancia a la conducta (de M.A), ni dejar de ponderar que es deseable que esta clase de situaciones no se produzcan en el marco del respeto y del buen trato que es dable esperar de ambas partes en un contrato de trabajo”, entienden las magistradas, quienes sin embargo remarcan la importancia del principio de “continuidad de la relación” en materia de derecho laboral.

En este sentido las juezas tuvieron presente que M.A. “era diseñador senior”, que “estaba muy bien conceptuado por el personal” y que “con excepción del hecho que motivó su despido, el resto de la relación laboral se habría desarrollado con normalidad tanto con sus pares como con sus superiores”.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE

+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional

$135/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2590

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional

$190/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3970

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$135.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $2590.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla