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Un grupo de funcionarios de la Defensoría Pública de San Nicolás presentó recientemente un pedido para que se le permita a los presos de la Unidad Penal Nº3 utilizar los teléfonos celulares, a fin de fomentar la comunicación con sus familias.
El planteo judicial tiene la forma de “habeas corpus colectivo” y se realizó ante la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Nicolas, reivindicando “el derecho a la comunicación, en forma accesible, asidua y regular con familiares y allegados”.
La presentación fue firmada por la defensora de Ejecución Penal Departamental, María Celina Berterame, el defensor oficial de San Pedro, Pablo Andrés Vacani, la secretaria de Ejecución Penal departamental, Florencia Barreira, el secretario de la Defensoría, Joaquín Castro, y el auxiliar letrado del Area de Ejecución Penal, Patricio Porta.
Los argumentos de la acción judicial responde al “agravamiento de las condiciones de detención, estando afectado el derecho de comunicarse periódica y asiduamente con su familia mediante vía telefónica en razón de la insuficiencia de medios disponibles y la prohibición de uso de aparatos celulares”.
En ese marco, el escrito presentado por los defensores atiende a la cantidad de sanciones que sufren los internos al ser descubiertos con aparatos celulares en su poder.
“Se encuentra seriamente afectado el derecho de todas las personas alojadas” en la Unidad Penal Nº3 de ese distrito, en función de “obtener institutos de libertad, ya sea como procesados o penados”, indica la presentación y lo adjudica al “enorme cúmulo de sanciones disciplinarias que se imponen con motivo de la posesión de aparatos celulares, sanciones que son errónea y arbitrariamente calificadas como graves, reduciéndose el puntaje de conducta de las personas sancionadas”.
DERECHO A LA COMUNICACION
La acción presentada ante la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Nicolás, reivindica “el derecho a la comunicación, en forma accesible, asidua y regular con familiares y allegados, como un derecho fundamental de las personas privadas de libertad”.
Los defensores oficiales consideran que es “particularmente el uso del teléfono celular un medio idóneo y más accesible para posibilitar dicho derecho”.
“Es fundamental el mantener y fortalecer en todas sus formas los lazos familiares y sociales de las personas privadas de su libertad”, para la reinserción de los detenidos, propone el escrito.
Y subraya que “las personas privadas de libertad no deben ver afectado sus derechos constitucionales por meras decisiones de la administración penitenciaria”.
En ese sentido, denunciaron que “la autoridad penitenciaria restringe el derecho a la comunicación con el exterior a través de telefonía celular de forma absoluta sin amparo de una ley formal y restringiéndolo también por omisión, ante la falta de reparación de las líneas o la falta de adecuación de teléfonos públicos a la población carcelaria”.
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