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Datos sobre la situación carcelaria

8 de Marzo de 2010 | 00:00

El documento desglosa un conjunto de datos sobre la situación carcelaria:

-Crecimiento de la cantidad de mujeres detenidas en los últimos tres años.

-Aumento de las muertes en establecimientos del Servicio Penitenciario Provincial: 112 en 2008, lo cual implica un 10% más que en 2007. Y a noviembre de 2009 se relevaron 104 muertes. Se trata de muertes traumáticas –según la clasificación del propio SPB- en un 41% del total (peleas, heridas con arma blanca, suicidios). Mientras que del 57% de las muertes no traumáticas, una buena cantidad sería evitable si se atendiera de manera adecuada a personas gravemente enfermas o se les otorgara el beneficio, dada su condición, de la prisión domiciliaria (enfermos de SIDA y tuberculosis).

-Hechos violentos: ascendieron a más de 7.000 durante el 2008: peleas entre internos, autolesiones, intentos de suicidio, agresiones al personal. Resulta especialmente llamativo que el SPB no dé cuenta de ningún caso de ejercicio de la violencia de su propio personal sobre los internos, lo que contrasta notoriamente con la cantidad de denuncias por parte de éstos, corroboradas en casos por las pericias médicas.

-Represión como herramienta preponderante para resolver las situaciones conflictivas: por ejemplo, 123 casos de represión con balas de goma por mes en el año 2008.

-Uso de traslados constantes como forma de disciplinar a quienes se quejan por los malos tratos, reclaman por sus derechos o denuncian al SPB. Debe tenerse en cuenta que los traslados acarrean mayor violencia (despedidas y “bienvenidas” a golpes) y pérdida de los derechos adquiridos (por ejemplo para acceder al estudio se debe contar con buena conducta, y para esto es necesario permanecer un lapso prolongado en una misma cárcel). El 93% de los entrevistados por el Comité Contra la Tortura fue trasladado el último año. El 53% fue trasladado más de 6 veces.

-Alto porcentaje de mujeres con prolongada prisión preventiva y de mujeres en prisión con sus hijos. Salvo en la U.33 no existen pabellones especiales. De este modo, se viola el derecho de los niños a la educación, a la salud y al contacto con su familia.


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