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INTERVINO LA CORTE

9 de Abril de 2000 | 00:00
Ya estaba en marcha la inversión de 800 millones para un puerto deportivo, country y sofisticado complejo hotelero y comercial. La Fiscalía de Estado se opuso porque entendió que podía afectar el agua potable de Pinamar y Villa Gesell. Después de un largo trámite, la Corte avaló esa posición
La Suprema Corte de Justicia provincial ratificó en su última sesión de Acuerdos la constitucionalidad del Código de Aguas bonaerense, acabando así con la última esperanza del empresario Saúl Roij de concretar su ambicioso proyecto "Port Dorá - Villa Oceánica"; una especie de Puerto Madero sobre la costa de Villa Gesell. Este lujoso polo turístico y náutico, que planeaba edificarse cerca de esa localidad balnearia, fue centro de una controversia por la amenaza que representaría para las napas de agua potable de las poblaciones costeras cercanas.
Concretamente, el fallo de un juez de Paz de Pinamar consintió la medida cautelar pedida por el fiscal de Estado, Ricardo Szelagowski, en favor de la integridad y protección del territorio bonaerense. Pero también había puesto en la cuerda floja la prohibición de edificar en toda la zona costera, generando confusión entre los involucrados hasta la Acordada de esta semana.
"El accionar del Fiscal de Estado y la sentencia de la Corte provincial", se anuncia en la única declaración oficial que pudo obtenerse de la Fiscalía, "salvaron los médanos de Villa Gesell y las normas provinciales que los protegen, en provecho de los habitantes de la Provincia y en el de las generaciones futuras".
Para Roij, lo ocurrido es muy distinto: "El ecosistema y las otras poblaciones no corren ningún riesgo. Una vez listos, en tres meses vamos a presentarle varios proyectos distintos al Gobierno provincial para que elija el que considere que otorga mayor seguridad ecológica y causa el menor impacto en el medio ambiente. Incluiremos cuatro o cinco proyectos con un puerto interno, como el planeado en un principio, y otros cuatro o cinco con puerto externo".
El emprendimiento original incluía un puerto deportivo central y secundarios, un centro comercial y hotelero, una zona residencial, un casino y hasta un sector gastronómico "similar a Puerto Madero" (ver gráfico).
El pasado mes de diciembre, el juez de Paz Letrado de Pinamar, Enrique Carlos Ruau, había declarado la inconstitucionalidad del artículo 142 del llamado "Código de Aguas", que prohibía edificar sobre los médanos y en una franja cercana al Atlántico de 150 metros. Pero además, en su discutido fallo, también había declarado que el Código derogaba las normas anteriores -decreto 9.196/50 y Ley de Tierras 8.192-, generando de este modo un vacío legal en la materia.

Por entonces, empresarios argentinos y chilenos habían expresado su intención de construir dos polos turísticos e inmobiliarios de gran importancia en las cercanías de Gesell, lo que había sido acogido con declaraciones de interés de la Municipalidad y el Concejo Deliberante de aquella ciudad. Pero la controversia estalló cuando la Fiscalía de Estado pidió a la Justicia que detuviera el emprendimiento, ante lo que definió como una posible amenaza para las poblaciones de Villa Gesell y Pinamar.
Además, Szelagowski sostuvo que el canal de entrada y salida de embarcaciones planeado en "Port Dorá" se haría sobre tierras de dominio público (la playa y los médanos) y contaminaría las napas subterráneas. "Si el agua salada llega a la napa freática", advirtió en aquel momento el funcionario, "Villa Gesell y Pinamar pierden su fuente de agua potable".
De hecho, los estudios efectuados demostraron que las dunas de Villa Gesell descansan sobre un subsuelo arcilloso y actúan como inmensas esponjas absorbedoras de agua. Estos grandes "acuíferos", imprescindibles para el desarrollo de la zona, motivaron la creación en noviembre de 1996 de la "Reserva Dunícola Faro Querandí", con 5.575 hectáreas, mediante la ordenanza municipal 1.487.
El artículo 124 del Código de Aguas -sancionado por la ley provincial 12.257- establece: "Prohíbese el loteo y la edificación en una franja de 150 metros aledaña al Océano Atlántico y la edificación sobre los médanos y cadenas de médanos que lleguen hasta el mar aún a mayor distancia". En la práctica, adujo el Fiscal de Estado, prohíbe expresamente el proyecto "Port Dorá" presentado ante la Dirección Provincial de Hidráulica.

Con todo, los responsables del proyecto no habían comenzado con las obras. Ni siquiera habían presentado una solicitud para construir, sino apenas un pedido de factibilidad hidráulica. "En concreto, aparte de los estudios sobre el terreno, lo único que hemos hecho hasta ahora es instalar un invernadero con 160 mil plantas", comenta el empresario Saúl Roij, "y para eso contamos con la correspondiente autorización municipal".
Con más de un millón de pesos ya invertidos por los empresarios en estudios ambientales y perforaciones para evaluar la profundidad de las napas, el Fiscal estimó que la concreción del proyecto revestía gravedad institucional y afectaba el interés general, por lo que solicitó una medida cautelar. Entre otros argumentos "en defensa del medio ambiente", expuso: "¿Quién garantiza que el agua salada no llegue a la napa? ¿Quién garantiza la calidad, cantidad y dinámica del agua subterránea? Y en su caso, si el agua salada llega a aquella, ¿quién será responsable?".
La polémica explotó cuando el juez de Paz recibió la solicitud de la Fiscalía de Estado. Tras inspeccionar unos terrenos que el empresario Roij asegura que no le pertenecen -"nos atribuyeron un obrador que no era nuestro", comentó a EL DIA, "fueron a un terreno que queda a dos predios del nuestro"-, el magistrado hizo lugar a la medida cautelar y prohibió la construcción de cualquier obra en los médanos.
Pero, además, el magistrado de Pinamar decretó la inconstitucionalidad del artículo 142 del Código de Aguas y determinó que esta norma derogaba las anteriores disposiciones legales en la materia, generando con su decisión una laguna en el ordenamiento legal. El entuerto quedó resuelto recién el 5 de abril último, cuando la Corte provincial hizo lugar a un pedido del Fiscal de Estado y dejó sin efecto la sentencia del juez Ruau, afirmando que su decisión comprometía competencia original, propia y exclusiva del máximo Tribunal provincial.
La inversión en Port Dorá, como se dijo, ya supera el millón de pesos. Sólo el estudio efectuado por los ingenieros ambientales costó 400 mil dólares, que se suma a las 17 perforaciones de 40 metros de profundidad efectuados para estudiar las napas. El empresario Roij asegura que el monto de dinero gastado es aún más elevado: "Hasta ahora gastamos unos cuantos millones entre los gabinetes de estudios especializados contratados y las perforaciones".

La municipalidad de Villa Gesell también es parte en el conflicto. Los funcionarios comunales miran con agrado el multimillonario emprendimiento de Port Dorá -cuando se prevé que la inversión puede ascender a varios cientos de millones de dólares- y otro proyecto similar presentado por empresarios chilenos -en el que se planea eregir unas 5.500 viviendas de lujo-. Pero la Comuna tampoco quiere un conflicto institucional con el Gobierno o la Justicia provincial.
"No deseamos opinar sobre los pronunciamientos de la Corte o el Fiscal de Estado, ni queremos involucrarnos en una discusión que nos excede", advierte Luis Baldo, intendente de Villa Gesell. "Nosotros queremos desarrollar nuestra región, pero con inversiones que respeten nuestras ordenanzas y las leyes".
Por lo pronto, el municipio tiene aprobado un "Plan Director Area Norte de Villa Gesell", que reglamenta con rigor y requisitos rigurosos la zonificación y expansión de la ciudad hacia Cariló. Sin embargo, el plan necesita la convalidación provincial, durmiendo actualmente en algún organismo de nuestra Ciudad. Para complicar más el entuerto judicial y administrativo, Gesell declaró de "Interés Turístico Municipal" a Port Dorá, a través de la resolución 489 de junio de 1998.

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