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Información General |LA JUSTICIA LO OBLIGA A SER PADRE

Embriones congelados en el foco de un polémico fallo

El caso de una mujer autorizada a tener un hijo de su ex marido contra su voluntad abre un complejo debate bioético

24 de Septiembre de 2011 | 00:00

A pesar de estar separada desde hace cinco años, una mujer de Tres Arroyos decidió utilizar embriones congelados para tener un nuevo hijo con su ex marido y logró que la Justicia apoyara su decisión contra la voluntad del hombre. El caso, que se conoció en las últimas horas y no registra antecedentes en nuestro país, ha encendido un complejo debate bioético del que resulta difícil sustraerse.

La historia comienza en 2005 cuando A.P y A.C.S, quienes se habían casado dos años antes en Tres Arroyos, decidieron someterse a un tratamiento para tener un hijo en el Instituto de Ginecología y Fertilidad de la ciudad de Buenos Aires. Y, tras un primer intento fallido, aceptaron realizarse una fertilización in vitro, una técnica que consiste en unir óvulos con espermatozoides en laboratorio para luego implantarlos en la mujer.

Como sucede en estos casos, los médicos prepararon una cantidad de embriones suficiente para varios intentos de implantación. De ahí que al quedar embarazada la mujer en el tercero de esos intentos, cinco embriones sobrantes permanecieron congelados en la clínica por si la pareja deseaba alguna vez tener otro hijo.

El hecho es que en agosto de 2006, dos meses después de nacer su primogénito, A.P y A.C.S decidieron separarse y empezar a tramitar su divorcio de mutuo acuerdo. Pese a ello, en 2008 la mujer resolvió tener un nuevo hijo echando mano a aquellos embriones congelados. Y la negativa del hombre a prestar su consentimiento originó una batalla judicial que acaba de alcanzar su segundo round, acaso el definitivo.

FUNDAMENTOS

Luego de que la Justicia de Tres Arroyos autorizara en primera instancia a la mujer a disponer de los embriones -una medida apelada en su momento por su ex marido-, la Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó el 13 de septiembre pasado la sentencia, autorizando así a intentar un nuevo embarazo.

Clic para ampliarEn su fallo, las camaristas Marta del Rosario Mattera y Beatriz Alicia Verón entendieron que si bien el Código Civil establece que la existencia de las personas comienza "desde la concepción en el seno materno", ese concepto podía extenderse al momento en que se es concebido fuera de él. En consecuencia, los embriones en disputa, en tanto que personas por nacer, debían ser protegidos.

Pero además de aplicar ese criterio, las juezas consideraron que el hombre aceptó su paternidad biológica desde el momento de acceder al tratamiento de fertilización asistida. "Las partes no pueden contradecir en juicio sus propios actos anteriores, deliberados, jurídicamente relevantes y plenamente eficaces", señalan en su fallo.

Motivo de una encendida polémica, la decisión de la Cámara despertó en las últimas horas acaso tantas adhesiones como rechazos, pero sobre todo despertó preguntas difíciles de responder. ¿Se debe forzar a alguien a asumir la paternidad cuando ésta es mucho más que aportar espermatozoides? Y si los embriones son personas por nacer: ¿no debería entonces evitarse que se los genere de a decenas en laboratorios sólo por si alguna vez la pareja quiere usarlos?

A falta de respuestas, el caso vuelve a poner en evidencia la necesidad de un profundo debate pendiente en nuestra sociedad.

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