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Policiales |UN AÑO Y TRES MESES DE PRISION DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO

Tenía droga y lo condenaron con un fallo a favor del “olfato policial”

El juez platense Emir Caputo Tártara resaltó que los uniformados deben “adivinar la jugada” de los delincuentes

28 de Diciembre de 2013 | 00:00
EMIR CAPUTO TÁRTARA ACTUÓ COMO JUEZ UNIPERSONAL
EMIR CAPUTO TÁRTARA ACTUÓ COMO JUEZ UNIPERSONAL

Un procesado, de 43 años, que llegó a juicio oral bajo sospecha de haber cometido el delito de tenencia simple de estupefacientes fue condenado a un año y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, en un fallo que avaló el tan cuestionado “olfato policial” para dar inicio a un procedimiento en la vía pública.

En la sentencia del juicio oral y público a cargo del juez Emir Caputo Tártara, del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, que recayó sobre el imputado Guillermo Alvarenga, se dio por probado que el 20 de septiembre de 2012, a las 20,30 horas, el imputado, que conducía un automóvil Daihatsu y circulaba por la calle 39 hacia 9, “fue interceptado por un policía de la comisaría segunda que recorría la jurisdicción, con motivo de la realización de tareas de prevención de ilícitos, incautándose en su poder” 32 gramos de cocaína.

El magistrado, que actuó en el juicio como juez unipersonal, creyó en el relato del policía que estuvo a cargo del procedimiento, y rechazó un planteo de la defensa para que no se tenga en cuenta su actuación, que concluyó con la detención de Alvarenga, argumentando que se hizo sin orden judicial, soló con el llamado “olfato policial”.

Ese policía, relató en el debate que el imputado “iba a marcha lenta, en un auto viejo, en mal estado importado, paraba en las esquinas y se manejaba con un celular, miraba como si buscara un numeral, como cuando uno busca un frente”.

También relató que esa “marcha lenta me llamó la atención”, y también que “se demore mirando hacia los distintos domicilios”.

El oficial aclaró que “en el trabajo mío la sospecha es de una ‘entradera’ (en referencia a los hechos delictivos bajo la modalidad de ingreso a las viviendas sorprendiendo a sus moradores en su arribo o egreso), de una actitud sospechosa como ver una puerta abierta, una mujer que sale a buscar una bolsa, tengo que sospechar, esa es mi función, desconfiar, esa es la prevención”.

El doctor Caputo Tártara explicó en referencia a ese testimonio que la Policía “debe actuar no sólo frente a la comisión de un hecho delictivo sino también, y lo que resulta a todas luces mejor y más eficaz aún, antes de su comisión para evitarlo, esto es realizando tareas de prevención. Es por ello que, en casos de urgencia los funcionarios de la policía tienen el ‘deber de investigar’ y el ‘de impedir’ hechos delictivos mediante la realización de las diligencias”, como las tratadas en este juicio.

“Bien puede y debe la comunidad proteger y avalar a estos policías (de los que lamentablemente quedan pocos, por diversas razones que no son del caso aquí abordar, empero fáciles de imaginar) que con equilibrada intuición y debida atención prevencional `adivinan la jugada´ si se me permite la expresión de aquellos delincuentes prestos a cometer delitos. No se trata de la desconfianza por la desconfianza misma, ni tampoco la portación de cara, como -a veces- se procura esgrimir desde una postura radicalizada. Se trata de `prevenir´ sin abusar los derechos de nadie, con amabilidad y buen trato profesional, aborda aquellos aspectos que lucen en un primer análisis, como hipótesis de delitos. Nadie debe sentirse ofendido si nos toca en la vía pública una identificación, sobre la persona, objetos transportados, como así vehículos conducidos. Por el contrario, se trata de una breve carga pública sobre la que resultaremos -a no dudar- directa o indirectamente beneficiados todos, y principalmente los que -a veces con razón- nos quejamos de desprotección”.

En base a estos y otros argumentos el juez condenó a Alvarenga a la citada pena de cumplimento efectivo, pero se le ordenó la libertad por el lapso que llevaba detenido y al darse por cumplida la sanción impuesta.

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