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La Corte nacional revocó la condena del viudo de María Martha Belsunce
La Corte Suprema de Justicia ordenó revisar la condena a prisión perpetua de Carlos Carrascosa por el crimen de María Marta García Belsunce, su esposa, en octubre del 2002 en el country Carmel. Con este fallo inesperado, Carrascosa quedó a un paso de la libertad.
Fuentes judiciales indicaron que los ministros Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni dejaron sin efecto un fallo emitido por la Suprema Corte bonaerense. Este rechazaba por tecnicismos una apelación de la defensa y convalidaba la prisión perpetua de Carrascosa, dictada por Casación provincial, al afirmar que “el pronunciamiento apelado exhibe graves vicios de fundamentación que lo descalifican como un acto jurisdiccional válido”.
Alegando estos argumentos, los ministros concluyeron que “se deja sin efecto la sentencia apelada”. Entonces, la Corte bonaerense deberá ahora emitir un nuevo fallo después de revisar todos los argumentos planteados por la defensa de Carrascosa. El hombre lleva cinco años sin una condena firme.
En una comunicación telefónica con los medios, el viudo afirmó que el fallo de la Corte nacional le devolvió “la confianza en la Justicia de los hombres”. Para él, “reabrir la causa” sería de vital importancia para “saber quién mató a María Marta”.
La clave de este nuevo fallo reside en que los ministros de la Corte le dieron la razón al abogado del viudo, Fernando Díaz Cantón, destacando que en esta causa no hay un “doble conforme”. Es decir, que ninguna instancia judicial revisó la condena a prisión perpetua del viudo que le fue impuesta no en el juicio oral de 2007 -donde fue absuelto por el homicidio y sentenciado por encubrimiento-, sino en 2009, por Casación.
La Corte nacional señaló que el “rigor formal” que utilizó la Corte provincial al no revisar el fallo Carrascosa “es incompatible con la necesidad de garantizar al condenado en autos el derecho a una revisión amplia de la sentencia que así lo declara, cuestión que no podía soslayar en supuestos como el de autos en que se procura revisar una condena a prisión perpetua impuesta en la instancia casatoria y en orden a un hecho por el que el recurrente fue absuelto por el tribunal oral”.
El defensor del viudo, Díaz Cantón, afirmó que su cliente “no puede tolerar un minuto más en prisión”, agregando que “el fallo de la Corte Suprema es un antes y un después”.
En el juicio de 2007, el Tribunal Oral en lo Criminal 6 de San Isidro absolvió a Carrascosa por el homicidio de su esposa, pero lo condenó a cinco años y seis meses de prisión por “encubrimiento agravado”.
Sin embargo, dos años más tarde el tribunal de Casación lo responsabilizó por el crimen de su esposa, esta vez en calidad de “coautor de homicidio calificado”. Y le impuso la pena máxima del Código Penal. Desde esa fecha está preso en el penal de Campana, lo que podría terminar en el transcurso de las próximas horas.
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